Embargos tributarios: ¿qué limitaciones hay para proteger el salario mínimo?

La Agencia Tributaria puede embargar salarios y pensiones para recaudar deudas fiscales, pero la ley establece límites para garantizar el sustento básico de los ciudadanos. El artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil protege la parte del salario que no supere el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), cuya cifra para 2026 es de 1.221 euros mensuales en 14 pagas. Esto significa que, en la mayoría de los casos, Hacienda no puede embargar la cantidad equivalente al SMI.

Cálculo del embargo en la nómina

Cálculo del embargo en la nómina

El embargo se aplica sobre la cantidad neta que recibe el trabajador, tras deducir retenciones de IRPF y cotizaciones a la Seguridad Social. Por ejemplo, si un empleado percibe un salario neto mensual de 2.000 euros y el SMI es de 1.221 euros, la parte protegida sería esa cantidad. El exceso de 779 euros estaría sometido a un porcentaje de embargo según la escala progresiva establecida por la normativa. En este caso, se aplicaría el 30% del exceso, lo que equivaldría a un embargo de aproximadamente 233 euros al mes.

La escala de embargo se reparte de la siguiente manera: hasta el doble del SMI, se puede retener el 30% del exceso; hasta el triple, se embarga el 50%; hasta el cuádruple, el 60%; y así sucesivamente, hasta llegar al 90% para ingresos muy superiores al SMI.